Cuando el propietario de una vivienda decide instalar algún sistema con la intención de incrementar la seguridad de la misma, en el fondo persigue varios objetivos:
Desalentar y ahuyentar a cualquier individuo que intente ingresar a su propiedad sin autorización. Recibir notificaciones, o enviarlas directamente a las autoridades, que informen que se ha producido un ingreso no autorizado.
Llamar la atención de terceros, indicando que está ocurriendo una situación irregular en la vivienda.
Registrar información variada (fecha, hora, duración, video, audio) que sirva para demostrar ingresos no autorizados y localizar a responsables.
Un sistema de cámaras en conjunto con una central de alarmas abarcaría los objetivos mencionados. Sin embargo, el cumplimiento de dichos objetivos debe tomar en cuenta la presencia de las personas que habitan la vivienda, lo cual significa que no se deberían levantar alarmas cuando estas personas realizan sus actividades diarias.
Algunas compañías de seguridad recomiendan la instalación de cámaras en escaleras y pasillos internos de casas, para registrar en video el paso de intrusos que lograran entrar a la vivienda de manera no convencional (abriendo un boquete en el tejado del segundo piso, por ejemplo). Si bien se entiende que no deben instalarse cámaras de seguridad en habitaciones y baños, es el propietario de la vivienda quien debe decidir si una cámara en una escalera interna vulnera o no su privacidad.
Para todos los efectos, un sistema de seguridad (central de alarma y cámaras) debe estar correctamente diseñado para cubrir todas las posibles formas de ingreso a la vivienda, por muy descabellada que sea la ruta usada por el intruso.